Planes de estudios

Tercer Ciclo. Doctorado en Teología

  • Tipo de docencia: presencial
  • Matrícula: del 6 de septiembre de 2021 al 28 de junio de 2022

El tercer ciclo, que se corona con el Doctorado, debe durar al menos tres años, durante los cuales se perfecciona la formación teológica y se elabora la tesis doctoral. Las modificaciones del plan de estudios de la Facultad deberán ser siempre aprobadas por la Congregación para la Educación Católica (Estatutos, art. 54).

Requisitos para doctorado

Para obtener el Doctorado se requiere: que el candidato haya conseguido el grado de Licenciatura/Máster en esa misma disciplina en alguna Facultad eclesiástica conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Facultad; que, de una forma presencial durante al menos dos años, bajo la dirección de un profesor de la propia Facultad o, con el consentimiento del Presidente, de otra Facultad, elabore una disertación que contribuya al progreso de la ciencia, y sea aprobada y defendida públicamente ante un Tribunal, según las normas de cada Facultad; que demuestre, por el procedimiento determinado por la Facultad de Teología, el conocimiento de una tercera lengua moderna, además de la lengua materna, distintas a las presentadas en el primer y segundo ciclo, y certificada por examen propio de la Facultad; que toda la disertación o, al menos, la parte principal, sea publicada según el modo establecido por la Facultad (Estatutos, art. 59).

Cursos de doctorado

27-30 septiembre 2021. De lunes a jueves, de 16.30 h. a 19.30 h.  

Unidad de la Iglesia (Prof. Alessandro Clemenzia)

 Primer cuatrimestre: Lunes, de 11.15 h. a 13.30 h.

Iglesia, sociedad y Reino de Dios (Prof. José Manuel Sánchez-Romero)

31 enero – 3 febrero. De lunes a jueves, de 16.30 h. a 19.30 h.

Fenomenología y teología (Prof. Paul Gilbert)

Desarrollo del programa de doctorado
  1. Requisitos para acceder al programa
    Podrán acceder al tercer ciclo de doctorado en Teología quienes estén en posesión del título de Licenciado en las disciplinas propias del ciclo al que se solicita el acceso, impartido por las Facultades canónicamente erigidas por la autoridad eclesiástica competente. Para ser admitido en el doctorado en la Facultad de Teología se requiere, asimismo, haber aprobado la licenciatura con una media global de sobresaliente (calificación de 9 o equivalente en adelante) y haber obtenido un sobresaliente en la disertación escrita propia de la licenciatura. En casos especiales el Presidente podrá́ admitir a candidatos con una media inferior, a propuesta de la comisión académica del programa de doctorado de la Facultad.

  2. Entrevista con el Presidente-decano y matrícula
    La admisión para comenzar el tercer ciclo corresponde al Presidente o la persona en quien delegue, a propuesta de la comisión académica del programa de doctorado. La Facultad podrá solicitar la información particular complementaria que se precise, así como los impresos oficiales para formalizar la solicitud de admisión. La admisión al programa de doctorado podrá́ incluir la exigencia de complementos de formación específicos para el doctorado. Su realización computará a efectos del límite establecido en el apartado duración de los estudios de este Reglamento.

  3. Nombramiento de tutor o elección de director del programa
    En el momento de la admisión, el Presidente de la Facultad asignará un tutor al doctorando. El tutor es el responsable de la adecuación de la formación y la actividad investigadora del doctorando a los principios del programa. Antes de finalizar el primer curso, junto con el programa de investigación, el doctorando propondrá el nombramiento de un director para su tesis, que deberá ser aprobado por el Presidente, pudiendo consultar a la comisión académica del programa de doctorado. El director asumirá normalmente el papel de tutor del programa, excepto en el caso de que el director no pertenezca a la Facultad de Teología San Isidoro de Sevilla, entonces no asumirá́ las funciones de tutor y el tutor asignado por el Presidente en la admisión del doctorando pasará a ser considerado tutor durante todo el programa de doctorado. Corresponde al director de la tesis y al tutor, en el caso de que no coincidan, el acompañamiento ordinario del doctorando.

  4. Actividades formativas específicas
    La Facultad de Teología incluirá en sus programas anuales una oferta oficial de actividades formativas, entre las que figurará la participación del alumno en una de las líneas de investigación establecidas por los Departamentos, y aprobadas por la Junta de Facultad a propuesta de la comisión académica del programa de doctorado. En este sentido, el plan de estudios del Tercer ciclo prevé la superación de hasta 12 créditos ECTS en cursos de doctorado, computables en la nota final del Ciclo.

  5. Plan de investigación. Primera aprobación de la tesis doctoral
    Antes de la finalización del primer año, el doctorando ha de elaborar un plan de investigación que deberá́ avalar el tutor y/o el director de tesis, que contará con la valoración positiva de la comisión académica del tercer ciclo. La solicitud de esta primera aprobación del plan de investigación se efectuará, mediante el impreso oficial en la secretaría general.

  6. Solicitud de la segunda aprobación de la tesis
    Concluida la elaboración de la tesis doctoral, el doctorando solicitará que sea otorgada la aprobación para su defensa mediante escrito dirigido al Presidente de la Facultad del programa de doctorado, al que ha de acompañar: el visto bueno del director de la tesis, si éste no tuviera vinculación académica con la Facultad de Teología San Isidoro de Sevilla, se requerirá́ informe favorable, asimismo, del tutor; y tres ejemplares de la tesis.

  7. Juicio del censor de la tesis: segunda aprobación
    El Presidente nombrará un censor, que dará su parecer sobre la tesis y emitirá un informe sobre la misma. El Presidente comunicará por escrito a Secretaría General el nombre del censor nombrado. La Secretaría General cuidará de que con la mayor rapidez se entregue el ejemplar al censor, que dispondrá de un plazo máximo de un mes para realizar su cometido, entregará al Presidente su juicio escrito de la tesis, en el que razone su aprobación o el rechazo de la misma. De este juicio se hará llegar copia al director. En el citado escrito hará constar la opinión que globalmente les merece el trabajo, el método utilizado y el valor científico de las conclusiones. Señalará además con claridad qué partes pueden sin más presentarse para su defensa, y qué puntos o aspectos necesitan de corrección o incluso de nueva revisión previa a la defensa. Si el parecer del censor es negativo, el Presidente, pudiendo consultar a la comisión académica entregará la tesis a un segundo censor cuyo dictamen, que deberá emitir en un plazo máximo de un mes, será dirimente.

  8. Examen de los doctores de la Facultad
    La Secretaría General iniciará el plazo de examen de la tesis, comunicándolo a todos los doctores de la Facultad. Un ejemplar quedará en la Secretaría General, a disposición de todos los profesores doctores de la Facultad que deseen examinarlo. Estos podrán hacer al Presidente de la Facultad las observaciones sobre la tesis que estimen oportunas en el plazo de quince días lectivos.

  9. Anuncio público del tribunal de la tesis y de la fecha de la defensa y entrega de los ejemplares del texto de la tesis
    Obtenida la autorización de defensa de la tesis, el Presidente de la Facultad, pudiendo consultar a la comisión académica del ciclo de doctorado, se encargará de formular la propuesta a expertos en la materia que puedan formar parte del tribunal encargado de juzgar la tesis y de establecer la fecha para la defensa de la tesis. El Presidente nombrará el tribunal correspondiente. Con carácter general el tribunal estará́ formado por cinco miembros titulares: un Presidente, un Censor y el Director de la Tesis, el censor (si lo hubiera) o un vocal y un secretario.
    Excepcionalmente, el Presidente podrá́ autorizar la composición de un tribunal de tres miembros titulares. La secretaría general hará público anuncio tanto del tribunal como de la fecha de la defensa.
    Una vez autorizada la defensa de la tesis, el alumno presentará en la secretaría general seis ejemplares impresos de la tesis conforme a las normas de la Facultad y uno digital en pdf. Desde el depósito de la tesis en la Secretaría General, no podrán trascurrir más de tres meses hasta la defensa de la tesis doctoral, salvo que, por causas graves, debidamente justificadas, el Presidente autorizase algo distinto.

  10. Defensa de la tesis doctoral y valoración de la tesis
    Constituido el tribunal, la defensa y evaluación tendrán lugar en sesión pública y consistiráń en la exposición del doctorando de la labor realizada, la metodología, el contenido y las conclusiones, con especial mención a sus aportaciones originales.
    El acto de defensa de la tesis tendrá́ lugar en un día que tenga la consideración de hábil con arreglo al calendario académico de la Facultad. La tesis doctoral se evaluará en el acto de defensa, tendrá́ una duración aproximada de dos horas.
    La exposición del doctorando no deberá́ exceder la media hora.
    Los miembros del tribunal podrán formular cuantas cuestiones consideren oportunas, a las que el doctorando habrá́ de contestar. Asimismo, los doctores presentes en el acto público podrán formular cuestiones en el momento y forma que señale el presidente del tribunal. El tribunal emitirá́ un informe y la calificación global concedida a la tesis de acuerdo con la siguiente escala: “no apto”, “aprobado”, “notable” y “sobresaliente”. El tribunal podrá́ otorgar la mención de “cum laude” si la calificación global es de sobresaliente y se emitiere en tal sentido el voto secreto positivo por unanimidad.

  11. Publicación de la tesis doctoral
    La publicación de la tesis doctoral o de su extracto no será́ válida a efectos de la obtención del título de doctor si el texto que ha de ser publicado no ha sido aprobado por el director y el censor de la tesis. Dicha aprobación constará por escrito con la fórmula «Vidimus et approbamus ad normam Statutorum Facultatis». Para su obtención el candidato presentará en la Secretaría General el texto definitivamente preparado para la publicación, al que habrá́ incorporado las indicaciones, si las hubiere, de los miembros del tribunal.
    Es aconsejable la publicación íntegra de la tesis, siempre que la autoricen los lectores. Pero es suficiente para la obtención del título la publicación de una parte o extracto de la misma. Para determinar esta parte, si no hubiera habido indicaciones especiales del Tribunal, se recomienda el asesoramiento del director y del censor de la tesis. En todo caso, deberá́ incluir índices generales, bibliografía general, introducción y conclusiones de la tesis.
    Para la presentación tipográfica del extracto, el doctorando deberá́ atenerse a las normas establecidas a este efecto por la Facultad.

  12. Expedición del título de doctor
    Para la expedición del título de doctor se han de presentar en la Secretaría General, de acuerdo con las referidas normas, ejemplares de la tesis publicada o del extracto de la misma requeridos por Veritatis gaudium n. 37, que en la fecha actual son cuarenta. Una vez que dichos ejemplares hayan sido entregados, si estos reúnen los requisitos exigidos, el autor solicitará de la Facultad el título de doctor.

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