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Información general

Información estudiantes

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Plan de estudios

Los títulos académicos que la Facultad confiere por sí misma son los siguientes: Baccalaureatus, Licentiatus/Máster y Doctor. El curriculum de estudios teológicos, descrito en el artículo 46 de la Constitución Apostólica Veritatis gaudium. está organizado del siguiente modo:

  1. Una vez superados los estudios del bienio filosófico o reconocido su equivalente en el quinquenio filosófico-teológico, el primer ciclo de Teología tiene una duración de tres años, o seis semestres, durante los cuales se exponen orgánicamente todas las materias que se exigen para una sólida y completa formación teológica que capacite para determinadas funciones eclesiásticas. A la vez, se introduce a los alumnos en los métodos científicos propios de las diversas disciplinas para que puedan proseguir los estudios en los ciclos superiores.
  2. Los estudios del segundo ciclo, de especialización teológica, duran dos años, o cuatro semestres, y constan de 120 ECTS.
  3. El tercer ciclo, que se corona con el Doctorado, debe durar al menos tres años, durante los cuales se perfecciona la formación teológica y se elabora la tesis doctoral.

La Facultad de Teología confiere, además, a través del Instituto Superior de Ciencias Religiosas, el título académico de Baccalaureatus en Ciencias Religiosas, al término de los estudios del primer ciclo, y Licentiatus/Máster en Ciencias Religiosas, al término de los estudios del segundo ciclo. El Reglamento del Instituto Superior de Ciencias Religiosas desarrolla los años de duración, estudios, exámenes y ejercitaciones que se requieren para conseguir cada uno de los grados, y el valor de las calificaciones de los distintos exámenes y pruebas de evaluación de cada ciclo para la obtención del grado correspondiente.

Además de los grados académicos establecidos, la Facultad concede otros títulos, con el nihil obstat del Dicasterio para la Cultura y la Educación, a tenor de lo establecido en las Normas Aplicativas, art. 41. 

La naturaleza, contenidos, modificaciones y, en su caso, extinción de los planes de estudio son aprobados por el Dicasterio para la Cultura y la Educación, de acuerdo con la legislación canónica vigente. Estatutos, 32

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Normativa para exámenes

(a) Para superar una asignatura, cada estudiante tiene derecho a cinco convocatorias de exámenes, dos ordinarias y tres extraordinarias. Sobrepasadas estas sin aprobar la materia, el Presidente-decano podrá conceder una convocatoria de gracia.

(b) Se denomina convocatoria ordinaria a cada una de las dos convocatorias a las que, sin proceder a su anulación, el estudiante se presenta en alguno de los periodos de exámenes: enero, mayo o junio. Son convocatorias extraordinarias las tres siguientes.

(c) Cuando, en el periodo marcado en el calendario académico, el estudiante solicita a la Secretaría general, la anulación de una convocatoria, esa deja de computar para la asignatura en cuestión.

(d) La no presentación a un examen del que no se solicitó, en plazo y forma, la anulación de convocatoria supone consumir esta convocatoria.

(e) Acabado el curso académico, el estudiante tendrá que volver a matricularse en la asignatura para acceder a nuevas convocatorias ordinarias o extraordinarias.

(f) Agotadas las dos convocatorias ordinarias, cada nueva matrícula extraordinaria da derecho a una sola convocatoria por año académico.

(g) Un examen final superado (con nota igual o superior a 5) no se puede repetir.

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Asistencia obligatoria

En la modalidad de docencia presencial, la asistencia a clases es obligatoria. La falta de asistencia a un tercio de las clases o seminarios llevará consigo la pérdida de la escolaridad, según lo establecido en los Reglamentos de la Facultad, y la consiguiente invalidación de la matrícula (Estatutos, 33 ∫ 1).

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Validación de estudios

Las solicitudes de reconocimiento de estudios realizados en otros centros universitarios serán resueltas por el Presidente de la Facultad, pudiendo delegar este acto en un vicepresidente (Estatutos, 38)

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Métodos didácticos

Atendiendo a los fines de la docencia académica, las diversas formas de enseñar las asignaturas son: Clases magistrales en las que, según la naturaleza de cada ciclo, expondrá el profesor los puntos doctrinales fundamentales o los problemas más profundos, dará orientaciones generales para el estudio privado de los alumnos, propondrá convenientemente la bibliografía y hará ver el modo de elaboración científica de la materia.  Seminarios con elaboración escrita en los que se introducirá a los alumnos en el trabajo científico, bajo la dirección del profesor principal o de sus colaboradores. Trabajos de investigación particular o en grupos reducidos sobre puntos concretos de la materia bajo la dirección del profesor. Estudio personal de los alumnos, igualmente dirigido con frecuente intervención del profesor. Lectura dirigida de ciertos libros con juicio escrito sobre ellos (Estatutos, 39 ∫ 1).

Información de contacto

Dirección

Cardenal Bueno Monreal, 43
Apartado de correos 1180
41013 Sevilla

+34 954 23 13 13

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